Preguntas Frecuentes
Respuestas a las dudas más comunes sobre trámites notariales.
NOTARIA Y CONSERVADOR
1. ¿Dónde debo inscribir la compraventa de una propiedad?
La compraventa debe inscribirse en el Conservador de Bienes Raíces (CBR) correspondiente a la comuna donde se ubica el inmueble.
Una vez firmada la escritura en notaría, esta inscripción es obligatoria para formalizar el dominio. El trámite puede realizarse de forma presencial o en línea, y tiene un costo asociado.
2. ¿Cuál es el plazo para inscribir una propiedad en el CBR?
No existe un plazo legal máximo obligatorio para realizar la inscripción. Sin embargo, se recomienda hacerlo de inmediato para resguardar el derecho de propiedad.
El Conservador tiene un plazo de hasta 20 días hábiles para tramitar la inscripción desde su presentación, conforme a la Ley N°21.718.
3. ¿Puedo revisar una inscripción de dominio en el Conservador?
Sí. El Conservador dispone de sistemas para revisar inscripciones de dominio.
Si no cuenta con los datos necesarios, puede acudir al área de Índices e Informaciones, donde lo ayudarán a ubicar la inscripción pudiendo concurrir e inclusive revisar los registros en forma personal.
4. ¿Qué documentos puedo solicitar en el Conservador de Bienes Raíces?
Entre los principales documentos se encuentran:
- Certificado de Dominio Vigente: acredita al propietario actual.
- Certificado de Hipotecas y Gravámenes: informa sobre hipotecas, embargos, usufructos o servidumbres.
- Certificado de Prohibiciones: indica restricciones para vender la propiedad.
- Copia de Inscripción: copia autorizada o simple del registro de dominio.
- Archivo de Planos: planos de subdivisión, loteo o copropiedad.
- Certificados del Registro de Comercio: vigencia de sociedad, capital y constitución.
5. ¿Qué necesito para inscribir una posesión efectiva?
Debe presentar:
- Resolución del Registro Civil o tribunal (vigente, máximo 60 días).
- Certificado de pago o exención del impuesto a la herencia (SII).
- Avalúo fiscal actualizado.
- Certificado de no deuda de contribuciones (TGR).
6. ¿Qué documentos necesito para celebrar un contrato de arriendo?
- Certificado de dominio vigente o copia de inscripción del arrendador.
- Cédulas de identidad vigentes de ambas partes.
Si participa una empresa, se debe presentar:
- Estatutos actualizados.
- Certificado de vigencia de la sociedad.
- Certificado de administración vigente.
(Si es predio agrícola se debe presentar 2 testigos)
7. ¿Qué documentos se requieren para un finiquito?
- Cotizaciones previsionales pagadas de todo el período laboral.
- Liquidaciones de sueldo.
- Cédula de identidad vigente.
8. ¿Qué documentos necesito para que un menor salga del país?
- Certificado de nacimiento del menor.
- Autorización del padre o madre que no viaja, en caso de que el menor salga con uno de ellos.
- En caso de que salga con un tercero debe estar la individualización del tercero más la autorización de ambos padres.
9. ¿Cuánto dura un mandato general?
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En Chile, un mandato general no tiene un plazo fijo de duración.
Esto significa que:
- Dura indefinidamente en el tiempo.
- Se mantiene vigente hasta que ocurra alguna de estas situaciones:
- El mandante lo revoca (lo deja sin efecto).
- El mandatario renuncia.
- Fallece el mandante o el mandatario.
- Se cumple el objetivo específico para el cual fue dado.
- Expiración del tiempo por el cual fue dado.
10. ¿Qué documentos necesito para transferir un vehículo?
- Permiso de circulación.
- Certificado de anotaciones vigentes.
- Certificado de multas.
- Cédulas de identidad de comprador y vendedor.
11. ¿Qué documentos necesito para transferir un vehículo? si soy EMPRESA
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En caso de empresas:
- Estatutos actualizados.
- Certificado de vigencia de la sociedad.
- Certificado de administración vigente.
- Permiso de circulación.
- Certificado de anotaciones vigentes.
- Certificado de multas.
- Cédulas de identidad de comprador y vendedor.
Otros casos:
- Si el comprador tiene Acuerdo de Unión Civil, deben firmar ambos.
- Para contratar TAG, se recomienda compraventa con Firma Electrónica Avanzada (FEA).
- Si es la primera compra de la empresa, se debe adjuntar escritura de constitución y RUT.